Realizar la contabilidad en Andorra es un proceso tedioso que es mejor dejar en manos de los expertos, como MCA Assessors. Y es que el Principado atrae a una gran cantidad de empresas y profesionales gracias a su legislación favorable en lo que a materia de impuestos se refiere. Es importante llevar al día todo lo relativo a la contabilidad de tu empresa o negocio para evitar problemas con las autoridades fiscales andorranas.
Proceso de contabilidad fiscal en Andorra
La falta de conocimiento y experiencia en lo que a la legislación fiscal andorrana se refiere, hace que muchas empresas y negocios busquen asesoría en Andorra. No contar con asesoría no sólo puede suponer un problema en lo que a materia fiscal se refiere, sino que también puede impedir que se capitalicen completamente los beneficios de una empresa.

Si estás buscando asesoría en Andorra, entonces MCA Assessors es tu mejor alternativa. Te ofrecemos servicios de contabilidad que no sólo te permiten ahorrar tiempo y dinero, así como quebraderos de cabeza, sino que también te garantizan el debido cumplimiento de la legislación fiscal.
A grandes rasgos, la planificación fiscal en Andorra sigue un patrón similar al de España. Aunque algunos procesos son distintos, se puede decir que lo que se aplica a contabilidad española, también es válido para el Principado.
Lo primero que tienes que saber es que la contabilidad en Andorra se encarga de llevar un registro histórico, exacto y fiel de todas las operaciones que una empresa realiza. Además, la contabilidad también tiene la función de clasificar todas estas operaciones de forma correcta y de acuerdo a la ley. ¿Por qué es buena idea dejar la contabilidad de tu sociedad, empresa o negocio en manos de los expertos?
- Permite tener un control exacto de las deudas que la empresa tiene, así como de lo que le deben otras sociedades y personas.
- Controlar los gastos e inversiones.
- Poder conocer, a detalle, cuánto se gana y cuánto se pierde.
- Una contabilidad organizada permite conseguir préstamos y subvenciones.
- Hacer una comparativa entre años y períodos concretos.
- Permite realizar proyecciones a futuro para la empresa.
La contabilidad en Andorra tiene sus cimientos en tres pilares básicos que incluyen el registro de operaciones realizadas por la empresa, el conocimiento del patrimonio y el cálculo de los resultados de la actividad.
¿Quién debe apegarse a la contabilidad en Andorra?
¿Quién está sujeto a seguir los diferentes procesos de contabilidad en Andorra? Según el artículo 70 de la ley 20/2007 de 18 de octubre, están obligados a llevar una contabilidad ordenada y adecuada, los administradores de las sociedades andorranas. Estos deberán seguir siempre los parámetros y principios establecidos en la legislación contable del Principado.
Pero también, la ley 30/2007 de 20 de diciembre, determina que la contabilidad en Andorra debe ser ordenada y adecuada a la sociedad. Es decir, debe atender a la naturaleza y dimensión de la actividad registrada.
De acuerdo a la normativa andorrana, están sujetos al régimen contable:
- Personas físicas que lleven a cabo actividades profesionales o empresariales.
- Sociedades mercantiles, así como otras personas jurídicas.
- Entidades que sean una unidad económica o un patrimonio separado, siempre y cuando realicen actividades profesionales o empresariales. Aquí se acogen las sociedades civiles y UTE, entre otras.
Es importante destacar que según la normativa, la contabilidad debe ser llevada por el empresario, pero éste puede dejarla en manos de personal cualificado y autorizado, sin perjuicio de su responsabilidad.
Por otra parte, debes saber que, según la ley andorrana, las empresas obligadas a llevar la contabilidad y declarar impuestos, son aquellas que se constituyen como Societat Anonima (SA), Societat Anonima Unipersonal (SAU; se constituyen como Societat Limitada (SL) o Societat Limitada Unipersonal (SLU). Las empresas que no cumplen estos criterios, no están obligadas a declarar impuestos.
¿Qué requisitos debe cumplir la contabilidad en Andorra?
Todo empresario debe acogerse a lo dispuesto por la ley 30/2007 del 20 de diciembre, una normativa que supuso un antes y un después en la contabilidad andorrana. Fue precisamente en esta disposición jurídica en la que se recogió la obligación de contar con libros de contabilidad, así como los principios para poder elaborar las cuentas anuales de la empresa. Desde su entrada en vigor en 2009, esta ley se ha ido modificando y complementando.

Por otra parte, encontramos el plan general de contabilidad en Andorra. Este plan, en conjunto con otras leyes, establecen los criterios pertinentes que debe cumplir un empresario. Estos criterios son:
- Los documentos de contabilidad en Andorra deben ser claros y deben ordenarse por fechas. Tampoco pueden contener espacios en blanco ni interpolación.
- Los asientos contables de una empresa, así como elementos integrantes de las cuentas anuales, deben tener como moneda de referencia el euro.
- Los empresarios deben guardar todos los documentos durante seis años. Aquí se incluyen las facturas, extractos bancarios, contratos, etcétera.
- Aunque la contabilidad es confidencial, puede haber ciertos casos en que sea requerida por las autoridades.
¿Qué pasa si no se declaran impuestos correctamente?
En Andorra se puede ser acreedor a una multa cuando se oculten datos o por el empleo de medios fraudulentos. Desde estas dos acciones parten diversos supuestos que influyen en la gravedad de la sanción y la cuantía de la multa que debe pagarse.
Se dice que hay una infracción cuando no se presentan declaraciones fiscales ante Hacienda o cuando se presentan datos falsos. También se puede ser acreedor de una sanción si se muestran operaciones inexistentes o cuando no se declaran operaciones que sí se han realizado.
Los distintos tipos de multas en Hacienda
En Andorra, las multas ante las autoridades fiscales se clasifican en función de su gravedad y a través de tres niveles diferentes (leves, graves y muy graves):
- Leves. Se considera una infracción leve cuando la base de la sanción es menor a 3.000 euros o cuando es superior a esa cifra, pero no se haya ocultado. La sanción es del 50% de la cuantía no ingresada.
- Graves. Aparecen cuando la base de la sanción es mayor a 3.000 euros y cuando existe una contabilidad incorrecta. También se tiene por infracción grave cuando la incidencia sobre la deuda oscila entre el 10 y el 50% de la base de la sanción. Una infracción se clasifica como grave si se aportan facturas o documentos falsos (si la cifra no supera el 10% de la base de la sanción) y cuando se trata de cantidades retenidas, pero con un importe inferior al 50%. La sanción puede oscilar entre el 50 y el 100% del importe.
Muy graves. Este tipo de infracciones aparece cuando las cantidades retenidas superan el 50% de la base de la sanción y cuando se empleen medios fraudulentos. La sanción se estima entre el 100 y el 150% de la cantidad evadida.